Revocación de donaciones ¿cuándo se puede revocar y cómo se hace?

Por Juan Madridejos Velasco y Luis Alberto Álvarez Moreno, Notarios de Barcelona y socios en J&LA Notarios Asociados.

¿Es posible solicitar una revocación de donaciones? ¿Qué trámites hay que hacer y cuáles son los plazos? Todo esto y mucho más en este artículo.

¿Qué es una donación y cómo revocarla?

Una donación en vida es una acción libre por la cual una persona dona de manera gratuita una cosa en favor de otra persona, que la acepta. Por norma general, la donación tiene vigencia desde el momento en el que el donante conoce la aceptación del donatario. En reglas generales, este proceso suele hacerse por escrito ante Notario, aunque también es posible hacerlo verbalmente. En el caso de donación de inmuebles es necesario firmar escritura de donación. Además, en muchas Comunidades Autónomas es necesario que la donación conste en escritura pública para gozar de beneficios fiscales, por ejemplo, en las donaciones de padres a hijos.

Existen diferentes tipos de donaciones, cada una con derechos y obligaciones diferentes. Puedes leer sobre ellas aquí:

Además, si quiere más información sobre donaciones de padres a hijos encontrará un artículo específico aquí:

En el supuesto de la donación ante Notario, es la propia escritura pública de donación la que específica todos los pormenores de la acción. Sin embargo, existe la posibilidad de revocar una donación ya efectuada y de recuperar lo donado. Veamos cuáles son los supuestos y los plazos para tal acción.

Causas y plazos para la revocación de la donación

El Código Civil, en los artículos 644 a 651, regula la posibilidad de revocar una donación. Para poder realizar tal acción es imprescindible que se den las causas previamente establecidas legalmente para tal fin.

Lo más sencillo es acudir a una notaría en Barcelona que te ayude e informe en este proceso. Sin embargo, a continuación, analizamos los aspectos más importantes que se deben tener en cuenta para poder revocar la donación.

Incumplimiento de condiciones

Esta causa para solicitar la revocación de la donación se basa en que el donatario no cumple voluntariamente con las condiciones que el donante ha establecido al hacer la donación. En este caso no hay un plazo establecido para solicitar la revocación.

Ingratitud del donatario

El Código Civil estipula que, si el donatario incurre en algunas de las conductas catalogadas como ingratas hacia el donante, este puede y tiene el derecho de solicitar la revocación de la donación. El plazo del que dispone para realizar esta acción de revocación es de un año, desde el mismo momento en el que el donante conoce los hechos.

Ingratitud del donatario

El Código Civil estipula que, si el donatario incurre en algunas de las conductas catalogadas como ingratas hacia el donante, este puede y tiene el derecho de solicitar la revocación de la donación. El plazo del que dispone para realizar esta acción de revocación es de un año, desde el mismo momento en el que el donante conoce los hechos.

Cambio de circunstancias del donante

También está contemplada la opción de que surjan situaciones que eran desconocidas a la hora de efectuar la donación, como puede ser el nacimiento de nuevos hijos. El plazo para solicitar la revocación, en caso de un cambio de circunstancias del donante (contemplada en el Código Civil), es de cinco años.

Trámites para revocar una donación

La manera más sencilla de realizar el trámite de revocación de una donación es acudir a JLA, Notarios en Barcelona, ya que es necesario realizar una demanda judicial en la que se expongan las causas de la revocación de la donación.

En el caso de que el donatario reconozca voluntariamente que existe dicha causa, no será necesario establecer dicha demanda judicial. El plazo para realizar el trámite es de un año desde el momento en el que el donante conozca que existe una causa justificada para la revocación de la donación.

Como hemos analizado a lo largo del artículo, es posible realizar una revocación de donaciones siempre que se cumplan los plazos y causas establecidas en el Código Civil.

No dudes en acudir a nuestra notaría en la Avenida Diagonal de Barcelona para que te asesoremos, ya que disponemos de un amplio catálogo de Servicios en Testamentos y Herencias donde se incluye la donación. Si lo prefieres, puedes contactarnos mediante el formulario de contacto de la web o nuestro e-mail bcn@jlanotarios.com.

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