Contrato de compraventa de inmueble: lo que debes saber

Por Juan Madridejos Velasco. Notario de Barcelona y socio en JLA Notarios.

Una de las preguntas habituales que recibimos en JLA Notarios es qué hay que conocer si se quiere comprar cualquier inmueble, como en los casos de compraventa de vivienda, compraventa de solar o compraventa de local comercial. En este artículo vamos a explicar qué hay que saber antes de firmar el contrato de arras y qué hay que saber para firmar una escritura de compraventa en notaría.

JLA Notarios somos una notaría en Barcelona especializada en resolver satisfactoriamente contratos como la escritura de compraventa y escritura de hipotecas.

El contrato de arras, la escritura de compraventa de inmueble y las funciones del Notario en la compraventa

Texto

A) ¿Qué hay que saber antes de firmar el contrato de arras en una compraventa?

El contrato de arras es el contrato que se firma entre quien quiere vender un inmueble y quien lo va a comprar obligándose a firmar compraventa definitivamente en notaría.

Lo más normal es firmar contrato de arras de forma privada antes de ir a la notaría. Es frecuente que la agencia inmobiliaria ayude a redactar el contrato de arras. Aunque se puede establecer otro importe, lo habitual es que el comprador entregue un 10 por ciento del importe del precio acordado.

Tras firmar el contrato de arras, si el comprador al final no compra perderá las arras entregadas. Por su parte, si es el vendedor quien no vende deberá devolver las arras duplicadas, lo que quiere decir que el que no vende debe devolver la cantidad recibida en arras y otra cantidad igual.

Los compradores deben conocer cuatro datos antes de firmar contrato de arras:

  1. Antes de firmar arras, el comprador debe examinar una nota simple actualizada del inmueble que va a comprar. La nota simple es un documento que expide el Registro de la Propiedad. Lo importante es que en la nota no haya cargas, lo que quiere decir que es un inmueble sin problemas jurídicos para la venta.
  2. En el contrato de arras debe fijarse la fecha máxima de firma de la compraventa en notaría. Así, el comprador no tiene sorpresas en cuanto a la fecha de firma de la compra y puede organizarse para pedir la hipoteca o preparar la mudanza.
  3. Si el comprador va a pedir hipoteca: es recomendable que se ponga en el contrato una cláusula que diga que si el comprador no puede firmar la compraventa en notaría por no haber obtenido la hipoteca del banco no pierde las arras.
  4. Aunque la nota simple del Registro da seguridad jurídica, es recomendable que en el contrato de arras se establezca que el inmueble que se vende cumple todos los requisitos exigidos por la ley y la normativa vigente.

B) El Notario protege al comprador durante la compraventa

Una vez que ya he firmado contrato de arras, ¿qué funciones hará el notario para la compraventa? ¿Qué debo conocer como comprador sobre la firma de una compraventa en la notaría?

Desde las notarías verificamos que el inmueble que se vende está en regla legalmente y que cumple todos los requisitos que exige la legislación vigente. La mayoría de las funciones de la notaría en una compraventa buscan proteger al comprador y evitar problemas futuros para todos. Por eso, en España la ley concede el derecho de elegir Notario siempre al comprador. En JLA Notarios estaremos encantados de asistiros desde nuestras oficinas de Barcelona, y podemos tramitar exclusivamente compraventas en que la firma se haga presencialmente en Barcelona en nuestra notaría en la Diagonal.

En la notaría nos encargamos de realizar multitud de actuaciones para proteger al comprador que ha realizado un contrato de compraventa con arras. Algunas de los documentos que obtenemos y revisamos en la notaría para ver que todo está correcto son los siguientes:

  • Nota simple continuada del Registro e información catastral: con estos documentos se revisa la situación jurídica y física del inmueble que se vende.
  • Información del Registro Público Concursal: permite conocer si el vendedor está en concurso de acreedores o insolvencia y avisar al comprador en tal caso.
  • Certificación energética: es el documento que expresa la calificación energética del inmueble.
  • En el caso de compraventas de viviendas se comprueba que estén el certificado de estar al corriente de deudas con la comunidad de propietarios y la cédula de habitabilidad. Además, en ciertas zonas para vender puede ser necesario alguna autorización administrativa de la Comunidad Autónoma, por ejemplo, en las zonas de alta demanda poblacional.

Además, en el caso de que el comprador pida una hipoteca, la notaría elegida redacta la escritura de préstamo hipotecario y explicamos todos los detalles de la hipoteca.

Si quiere conocer más sobre las funciones de un notario en compraventas, le ofrecemos la siguiente lectura:

C) ¿Qué hace la notaría tras la firma del contrato de compraventa de inmueble?

Una vez firmada la escritura de compraventa, la notaría elegida tiene que hacer varias funciones importantes para los compradores. Así, la notaría se encargará de presentar la escritura de compraventa en el Registro de la Propiedad, para que pueda inscribirse la propiedad a nombre del comprador.

También, la notaría debe realizar las alteraciones en el Catastro para que figure el comprador como propietario, lo que permite que el comprador reciba el siguiente año el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles). Para terminar, la notaría debe dar las copias de las escrituras de compraventa firmada.

Si quiere conocer más sobre gastos e impuestos de una compraventa, consulte este artículo:

En conclusión, hay multitud de trámites importantes que realizar en una compraventa en notario. Por eso, es importante estar informado y elegir un notario de confianza. JLA Notarios somos un equipo especialista en compraventas e hipotecas y estaremos encantados de atenderos en nuestra notaría.

Contáctanos si tienes dudas a través de WhatsApp, del formulario de contacto de nuestra web o por mail al correo: bcn@jlanotarios.com.

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