Aceptación de Herencia: Todos sus tipos y forma de rechazo

Por Juan Madridejos Velasco y Luis Alberto Álvarez Moreno, Notarios de Barcelona y socios en J&LA Notarios Asociados.

La aceptación de la herencia es la declaración por la que un heredero acepta lo que le ha dejado otra persona tras su fallecimiento, cumpliendo sus deseos. ¿Quiere saber más sobre el tema?

Tipos de aceptación de herencia

Esta puede ser simple, pura o a beneficio de inventario. Hay muchas personas que no saben que las herencias se pueden aceptar o no porque es un acto voluntario, y qué implica esto. Por eso vamos a aclarar toda esta información para saber cómo hay que proceder dado el caso.

¿Qué es la Aceptación pura?

La aceptación pura es aquella aceptación de herencia con efectos ilimitados, lo que quiere decir que está aceptando tanto los bienes como las deudas y responsabilidadesResponderá no solo con los bienes recibidos, sino también con los propios si es necesario. Esta aceptación puede ser expresa o tácita.

¿Qué es la Aceptación a beneficio de inventario?

La aceptación de herencia a beneficio de inventario es aquella con efecto limitado, en la que responde de las deudas hasta donde alcance el patrimonio hereditario. Así, no responderá con el propio patrimonio. Si no sabe las deudas que puede haber, puede ser la mejor opción, aunque también debes saber que tiene unos costes mayores al tener que hacer una valoración de derechos, bienes y obligaciones.

En Cataluña, si se pone específicamente en la escritura de aceptación y adjudicación de herencia que se recibe la herencia a beneficio de inventario solo se responderá de las deudas de la herencia con los propios bienes heredados. Esto es una importante especialidad y es muy recomendable incluir esta cláusula en la escritura de herencia notarial.

¿Qué pasa si acepto o si no acepto la herencia?

Puede no aceptar la herencia sin hacer nada, pero para repartir los bienes es necesario que la acepte o renuncie a ella. Si no lo hace, no se podrán repartir los bienes. Pasados 9 días sin que se haya hecho nada, cualquier interesado puede requerir que se acepte o repudie la herencia. Puede, para ello, acudir a una notaría para que se lo comunique en un plazo de 30 días naturales. Si no repudia o acepta la herencia en este plazo, se entenderá como aceptada puramente. Si sigue sin aceptarla y renuncia a ella, ni adquirirá bienes ni deudas.

Al aceptar la herencia, recibirá los bienes y también las deudas existentes, con las limitaciones pertinentes en caso de que las hubiera. Tendrá que declarar los bienes y pagar lo correspondiente por los diversos conceptos. La aceptación se entiende realizada en el momento del fallecimiento del causante.

¿Cuándo es necesaria una escritura de aceptación y adjudicación de herencia?

La escritura de aceptación y partición de herencia o adjudicación por título sucesorio consiste en una escritura en la que se acepta la herencia describiendo los bienes y derechos para que así vayan a sus herederos. No es obligatorio hacerla, pero sí es muy recomendable, además es imprescindible para inscribir los inmuebles heredados en el Registro de la Propiedad.

Si hay muchos herederos o hay diversos inmuebles en el patrimonio, lo aconsejable es hacerlo con este documento ante Notario para evitar posibles procesos legales posteriores. En las herencias más complicadas, aunque suponga un coste adicional, es prácticamente la única opción.

Aceptar o rechazar una herencia es algo opcional, y la mejor decisión depende del caso. Para realizar este trámite con total seguridad, lo mejor es acudir a especialistas como los Notarios de nuestra notaría Barcelona y dejarse asesorar.

Si busca más información sobre herencias Barcelona, disponemos de diferentes formas de contacto, así que no dude en enviarnos un e-mail a bcn@jlanotarios.com, llamarnos al 93 159 17 62 o rellenar el formulario de contacto de nuestra web.

Si la temática en este artículo ha sido de su interés, le invitamos a consultar los diversos Servicios en Testamentos y Herencias que ofrecemos y la lectura del siguiente artículo en nuestro blog:

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