Matrimonio Civil en Notaria
A día de hoy existen varias formas de celebrar el matrimonio, pero casarse en una notaría es una de las opciones más escogidas últimamente. Como Notarios en Barcelona queremos explicaros las ventajas de casarse en una notaría, los requisitos que son necesarios para celebrar un matrimonio civil ante Notario, así como la documentación que se debe aportar en este tipo de boda notarial.
Casarse en una Notaria
Para que pueda celebrarse un matrimonio civil en notaría, las personas pueden contraer matrimonio siempre que reúnan una serie de condiciones:
- Ser mayor de edad o en su defecto, ser mayor a 16 años y estar emancipada.
- No estar unido por vínculo matrimonial previo (es necesario ser soltero o estar divorciado del matrimonio anterior).
- Que los contrayentes no sean ascendientes, ni descendientes entre sí, ni parientes por consanguinidad hasta el tercer grado.
- No haber sido condenado por muerte dolosa del cónyuge o pareja de hecho anterior.
No obstante, la muerte dolosa y el impedimento del tercer grado de parentesco se pueden dispensarse por la autoridad judicial
Podrán casarse todas las demás, sean del mismo o de diferente sexo, siempre que sea libremente y presten de forma voluntaria su consentimiento.
La unión se formaliza a través de la escritura de matrimonio. Se trata del documento notarial que actúa como contrato entre los miembros de la pareja que desean vivir juntos y tener un proyecto común. En la escritura de matrimonio figura la información de los contrayentes, la aprobación de los documentos que conforman el expediente matrimonial, los artículos del Código Civil que lee el Notario en la boda y el consentimiento a la boda de los contrayentes.
El matrimonio civil en notaría en España es una opción que también puede realizarse con la misma validez en juzgados y ayuntamientos, pero se configuran como alternativas más lentas y con listas de espera más largas.
Ventajas de casarse en una Notaria
Casarse en una notaría otorga las siguientes ventajas:
Se trata de un trámite rápido que se realiza de forma efectiva en comparación con la demora en ayuntamientos y juzgados. La disponibilidad es más alta en un Notario, con lo que podrá estar casado en cuestión de días una vez disponga de la documentación necesaria. Además, el Notario para casarse le ofrece más flexibilidad y podrá acordar usted mismo la fecha y hora que le convenga, al contrario que las otras instituciones donde se impone el día de la boda.
Podrá personalizar la ceremonia acordándolo previamente. Casarse en una notaría puede ser un trámite algo más íntimo que en registros y juzgados, así que si desea efectuar el tradicional intercambio de anillos o realizar alguna lectura o discurso, no dude en comentarlo. También cabe destacar que el trámite es más sencillo porque no existe un procedimiento burocrático tan complejo.
Recibir asesoramiento jurídico también es una de las ventajas de casarse ante Notario, ya que les informará del régimen económico matrimonial que le corresponde y de las diferentes opciones en capitulaciones matrimoniales.
Requisitos del matrimonio por notaria
Si lo prefiere en una notaría también se puede tramitar su expediente matrimonial cuyo trámite será mucho más ágil. Esta es una gestión que se puede realizar desde el 2015 gracias a la reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y que se divide en dos partes: la primera tramita el expediente matrimonial y la segunda permite la celebración del matrimonio en notaría.
Tramitar expediente matrimonial
Para empezar el trámite de expediente matrimonial se deberá realizar la solicitud al Colegio Notarial de la comunidad autónoma en la que se encuentre empadronado uno de los miembros de la pareja. Una vez realizada esta gestión y asignado el Notario por el Colegio de Notarios, se reunirán en una notaría junto con los testigos. Se verificarán los documentos y su correspondencia con la ley, se determinará la capacidad para tramitar el matrimonio civil en notaria de los intervinientes, se comprobará que no estén casados con otros o que existan impedimentos. Asimismo, será asesorado en los regímenes económicos aplicables al matrimonio y su vecindad civil. Por último, en esta primera parte le otorgarán la autorización de expediente matrimonial.
Después de terminar el expediente matrimonial ante el Notario designado por el Colegio de Notarios podrá casarse ante cualquier Notario que usted elija, haya tramitado su previo expediente matrimonial o no.
El Acta Matrimonial ante Notario
Pida cita, reúna los documentos necesarios y el día acordado podrá casarse ante Notario en Barcelona. Deberá presentarse con su pareja y dos testigos mayores de edad. Se procederá a una lectura breve de artículos del Código Civil, se les preguntará el consentimiento y firmará junto a su pareja la escritura pública de matrimonio.
Posteriormente, el Notario comunicará en el Registro Civil la inscripción de la escritura de matrimonio. Aunque el trámite es inmediato por parte del Notario y es vigente desde que se celebra el matrimonio civil en notaría, el Registro tarda en notificar su inscripción alrededor de un mes.
Como casarse ante Notario en Barcelona
Los pasos para casarse en una notaría son pocos y rápidos, una vez disponga de la documentación. Así que, primeramente, deberá tramitar su expediente, para lo que deberá dirigirse al Registro Civil para iniciar el trámite y aportar la información que le pidan. En una segunda cita el funcionario les hará una entrevista que generará una interlocutoria que tendrán que volver a recoger y que autoriza la boda civil. Este documento no caduca y le permitirá tramitar su matrimonio ante Notario en Barcelona de forma rápida. El problema de tramitar el expediente en el Registro Civil son las listas de espera por las que se suele alargar el procedimiento alrededor de los 6 meses. La otra opción es tramitar el expediente previo matrimonial ante el Notario que designe el Colegio Notarial de Cataluña.
Documentación para tramitar un matrimonio civil en Notaria
¿Qué se necesita para casarse ante Notario? La documentación necesaria para casarse ante Notario es la siguiente:
- DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia de los contrayentes.
- Copia del expediente matrimonial firmado ante el encargado del Registro Civil.
- Elección de, como mínimo, dos testigos. Es necesario aportar sus documentos de identidad. Los testigos pueden ser familiares o allegados siempre que sean mayores de edad y sepan leer y escribir. Deberán dar fe de que la pareja actúa libremente.
En ocasiones, también será necesario aportar:
- Prueba de disolución de matrimonios anteriores.
- Certificados médicos que demuestren la plena capacidad para dar consentimiento al matrimonio civil en notaria.
- Dispensas de impedimentos legales.
- Datos identificativos de hijos de la pareja si los hubiera.
Documentación para boda notarial en extranjeros
Si uno de los miembros de la pareja es extranjero o ambos lo son también se necesitará otro tipo de documentación como:
- El certificado de capacidad de matrimonial expedido por las autoridades del país de origen del miembro extranjero.
- Acreditar el lugar de residencia de los dos últimos años
- Tarjeta de residencia y NIE o Pasaporte de los contrayentes y testigos
En este último caso, los documentos deberán estar apostillados si fuera necesario.
¿Cuanto cuesta casarse ante Notario?
El precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios).
No obstante, el precio exacto de un documento notarial no puede calcularse hasta que se conoce su contenido concreto, es decir, hasta que esté firmado, pues son muchas las circunstancias que lo pueden hacer variar. El número de copias que se pide de un documento, los folios que contiene además de posibles cambios o añadidos pueden variar ligeramente el precio final.
Si desea recibir un presupuesto detallado, le invitamos a contactarnos directamente por la vía que le resulte más conveniente. Lo puede hacer a través del formulario de contacto de la página principal de esta web, mediante la sección contactar que encontrará en el pie de página de la web, usando el acceso directo a WhatsApp en la parte inferior derecha de esta página, enviando un correo electrónico a bcn@jlanotarios.com o llamándonos al teléfono 93 159 17 62.
De forma orientativa, le podemos adelantar que, de acuerdo a la normativa reguladora vigente, el precio habitual de la formalización de un MATRIMONIO es de 100 a 200€, incluyendo IVA. Este precio indicativo está calculado para un documento de contenido habitual (15 folios) y con la expedición de dos copias simples, una única copia autorizada y una copia electrónica.
No obstante, cabe considerar también el coste del trámite previo del expediente matrimonial. De forma orientativa, le podemos adelantar que, de acuerdo a la normativa reguladora vigente, el precio habitual de la formalización de un EXPEDIENTE MATRIMONIAL es de entre 300 y 550€, incluyendo IVA. Este precio indicativo está calculado para un documento de contenido habitual (40 folios) y con la expedición de una copia simple, una única copia autorizada y una copia electrónica. Esta variación de precio de los expedientes se debe a que los casos pueden ser muy diferentes y puede haber mucha más documentación en unos supuestos que en otros.
Bodas notariales y otras preguntas
El Notario podrá casar a una pareja siempre que haya espacio dentro su agenda. Pida cita para tramitar su matrimonio civil en notaría y podrá elegir la hora que más le convenga.
Efectivamente, aunque para tramitar el expediente matrimonial no se puede escoger a un Notario ya que lo dictamina el Colegio de Notarios de Cataluña, la celebración de la boda notarial puede realizarse en la notaría que usted desee.
Si, una vez sea positiva, debe contraer matrimonio dentro del plazo de un año. Si transcurriera este plazo sin haberse celebrado la boda sería necesario tramitar el expediente previo al matrimonio de nuevo.
El período completo suele durar uno o dos meses, así que casarse ante notario se configura como la opción más rápida. Las listas de espera para casarse en un juzgado pueden alargarse a 3 y 5 meses y aun así, dependerá del lugar. Los ayuntamientos rondan alrededor de 3 o 4 meses como mínimo de espera.
El reconocimiento es válido a efectos legales en todos los países.
No. No pueden casarse los menores no emancipados, ni aquellos que ya tengan un vínculo matrimonial, parientes por consanguinidad o adopción en línea recta, o colaterales hasta tercer grado, ni tampoco condenados como autores o cómplices de muerte de su cónyuge.
Los dos más conocidos son el régimen de bienes gananciales (se comparten los bienes entre cónyuges) y el de separación de bienes (cada miembro posee sus bienes y los que se compran en conjunto deberán dividirse sus beneficios en venderlos o estar de acuerdo en su uso). El régimen depende de la Comunidad Autónoma en la que se resida, pero los matrimonios que lo deseen pueden cambiarlo. El cambio de régimen se establecerá en la escritura de capitulaciones matrimoniales.
El régimen económico matrimonial supletorio en Cataluña es el de separación de bienes. Esto significa que salvo pacto diferente entre los cónyuges en capitulaciones matrimoniales ante Notario, los patrimonios de los cónyuges están separados y no tendrán bienes comunes los miembros de un matrimonio salvo que voluntariamente compren bienes juntos.
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