Modificación de objeto social
La modificación de objeto social de una empresa redefine la actividad de una sociedad e implica cambios en los estatutos sociales de la compañía. Para modificar el objeto social es necesario firmar escritura de modificación de objeto social e inscribir esta escritura en el Registro Mercantil.
Como Notarios en Barcelona especializados en servicios mercantiles, queremos explicar qué es y cómo se realiza el cambio de objeto social paso a paso. Como punto de partida, debe conocer que puede firmar escritura de modificación de objeto social acudiendo a nuestra moderna notaría en la Avenida Diagonal de Barcelona, o desde cualquier punto de España, de forma totalmente digital.
¿Qué es la modificación de objeto social?
En los estatutos sociales de una empresa se concreta el objeto social de una empresa y se detallan las actividades económicas que realiza.
El cambio de objeto social se puede producir por diversos motivos. Así, puede corresponder a necesidades operativas y estratégicas, se puede producir para cumplir requisitos legales o por motivos fiscales. Por ese motivo, una empresa puede cambiar, suprimir, substituir, ampliar o reducir la actividad a la que se dedica. La modificación de objeto social se debe realizar de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Todas las empresas pueden modificar su objeto social. Así, es importante establecer de forma específica la actividad básica principal (su finalidad) y sobre ella, las secundarias.
La actividad principal u objeto social principal deberá expresar un código de actividad a nivel estatal llamado CNAE (clasificación nacional de actividades económicas) gestionado por la Agencia Tributaria.
¿Cómo cambiar el objeto social de una empresa?
Si se desea realizar la modificación de objeto social de una empresa, lo primero que se deberá hacer es convocar la Junta General de Accionistas o socios para llegar a un acuerdo sobre la modificación.
Si la Junta aprueba el acuerdo con las mayorías establecidas en la ley, que en el caso de las sociedades limitadas debe aprobarse por la mayoría del capital social, El administrador emitirá el correspondiente certificado de acuerdo de Junta y podrá acudir a la notaría para modificar el objeto social. Desde las notarías podemos asistirle en la preparación de la certificación de estos acuerdos.
Tras la firma de escritura de modificación de objeto social se debe inscribir esta escritura en el Registro Mercantil. Desde JLA Notarios ofrecemos un servicio integral en materia de Derecho mercantil y Derecho de sociedades, por lo que, si lo desea, podemos gestionar por usted la inscripción en el Registro.
Es importante, tener en cuenta que si un socio vota en contra del cambio del objeto de una sociedad, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital le confiere un derecho de separación en determinados casos, que le permite salir de la sociedad siguiendo el procedimiento definido en la ley.
Tipos de objeto social
Así, distinguimos dos modalidades de modificación de tipo social:
- Simple ampliación o restricción: no se da el derecho de separación a ningún socio.
- Cambio o modificación sustancial del objeto social: se les da la opción de separarse de la sociedad a los socios que no hayan votado a favor y a aquellos que no tengan derecho a voto.
Cambio de objeto social de una sociedad anónima
Para el cambio de objeto social de una sociedad anónima se deberá convocar una Junta general de accionistas. El acuerdo se adoptará por mayoría absoluta en primera convocatoria, ante la concurrencia de accionistas o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho a voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento del capital suscrito con derecho a voto. Sin embargo, en segunda convocatoria, se requerirá el voto de dos tercios del capital presente o representado cuando concurran accionistas que representen el veinticinco por ciento o más del capital suscrito con derecho a voto sin alcanzar el cincuenta por ciento.
Cambio de objeto social de una sociedad limitada
Así, en sociedades de responsabilidad limitada se aprueba por mayoría legal reforzada, esto es, se acuerda por más de la mitad de los votos que corresponden a las participaciones en las que se divide el capital social.
Escritura de modificación de objeto social
La modificación del objeto social, según la ley, requiere firma de escritura pública ante Notario.
El papel del Notario en la modificación de objeto social de empresa
El Notario es funcionario público y profesional del Derecho, que garantiza el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos de todas las personas que firman las escrituras públicas.
En el caso de las escrituras de modificación de objeto social el Notario, se asegurará que la modificación del objeto social cumple todos los requisitos establecidos en la ley. Además, como desde JLA Notarios ofrecemos un servicio integral en Derecho de sociedades, podríamos encargarnos también de la inscripción de su escritura en el Registro.
Documentación para cambiar el objeto social de una sociedad
Serán imprescindibles las siguientes:
- Documento de identificación en vigor del administrador o representante que firma la modificación
- Documentación propia de la sociedad y el representante, aunque se puede sustituir por la obtención de la información mercantil obtenida desde la notaría
- Certificado de acuerdo de la Junta de la sociedad, que debe ser emitida y firmada por el administrador y donde debe figurar la nueva redacción del artículo estatutario que especifique el nuevo objeto social. En este punto, si lo necesito podemos asistirle en la elaboración del certificado.
¿Cuánto cuesta cambiar el objeto social de una empresa?
El precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios).
No obstante, el precio exacto de un documento notarial no puede calcularse hasta que se conoce su contenido concreto, pues según la ley son muchas las circunstancias que lo pueden hacer variar. El número de copias que se pide de un documento, los folios que contiene además de posibles cambios o añadidos pueden variar ligeramente el precio final.
Si desea recibir un presupuesto detallado, le invitamos a contactarnos directamente por la vía que le resulte más conveniente. Lo puede hacer a través del formulario de contacto de la página principal de esta web, mediante la sección contactar que encontrará en el pie de página de la web, usando el acceso directo a whatsapp en la parte inferior derecha de esta página, enviando un correo electrónico a bcn@jlanotarios.com o llamándonos al teléfono 93 159 17 62.
De forma orientativa, le podemos adelantar que, de acuerdo a la normativa reguladora vigente, el precio habitual de la formalización de una modificación de objeto social es de unos 150 €, incluyendo IVA.
Preguntas relacionadas con la modificación de objeto social de una sociedad
Una vez otorgada la escritura pública se deberá realizar la inscripción de la misma en el Registro Mercantil correspondiente a la provincia donde se halle la sede social de su empresa. Si lo desea, de este trámite nos podemos encargar desde la notaría.
Por último, se debe notificar del cambio tanto a Hacienda como la Seguridad Social para actualizar los datos fiscales y laborales. Este es un trámite que debe hacer el gestor de la sociedad.
Tal y como se ha avanzado, se deberá comunicar la modificación de objeto social realizada a Hacienda, con el número de modelo 306. También, debido al posible cambio en las cotizaciones, se tendrá que comunicar el cambio a la Seguridad Social, rellenando el modelo TA7. De esta gestión se encarga el gestor fiscal y laboral de la sociedad.
¿Se puede modificar el objeto social de una empresa telemáticamente con JLA Notarios?
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