Subapoderamiento de poder
El subapoderamiento de poder es una de las actuaciones que se produce en nuestra Notaría en Barcelona, hallándose dentro de la especialidad de nuestros servicios notariales en poderes en Barcelona. Por ello, queremos adentrarle en lo que significa el subapoderamiento, cómo tramitarlo paso a paso y el resto de asuntos relacionados.
¿Qué es un subapoderamiento?
Se conoce como subapoderamiento la concesión de poder por parte de una persona apoderada a un tercero. Este recurso puede producirse tanto en ámbito mercantil, como civil. Lo más característico en caso de subapoderamiento es que tanto el apoderado como el subapoderado tendrán funciones y cualquier de ellos podrá ejercer las funciones que constan en el poder y en el subpoder.
Para que el subapoderamiento suceda, un poderdante (es decir, la persona que otorga inicialmente el poder o la facultad), debe conceder primeramente un poder a un apoderado. El subapoderamiento sucede cuando dicho apoderado delega este poder en un tercero, para que actúe como subapoderado.
La cesión de poder del apoderado al subapoderado puede ser parcial o total y podrá ejercer las funciones de representación que el apoderado le otorgue. De hecho, la concesión de poder no anula a la previa y pueden coexistir de forma simultánea, representando y actuando en nombre, ambos, de su poderdante.
El subapoderamiento de poder suele suceder cuando el apoderado no puede ejercer su función, ya sea por enfermedad, incapacidad temporal o carga laboral alta, y consigue evitar, de esta forma, el deber revocar el poder otorgado. No obstante, se puede utilizar sin que se de unos supuestos.
Se trata de un recurso que modifica la entrega de poder original y está regulado entre los artículos 1709 a 1721 del Código Civil; en el artículo 622-26 del código civil Catalán; y en los artículo 261 y 296 del código de comercio.
¿Todos los poderes se pueden subapoderar?
La respuesta es no. La delegación de poder para la actuación en nombre del poderdante y su representación por parte del apoderado se basa en una relación de confianza estricta, con lo cual, el subapoderamiento, podría provocar una grieta en el encargo encomendado.
Como regla general, en el ámbito de los poderes civiles es posible que el apoderado subapodere a otras personas para cumplir el encargo, salvo que en el poder se hubiera prohibido expresamente el subapoderamiento, salvo en derecho catalán, donde se deberá autorizar expresamente en el poder, ya que en caso contrario no se podrá realizar ese subapoderamiento.
Por su parte, en el ámbito de los poderes mercantiles, la regla es similar a la civil catalana, de manera que se considera que no es posible el subapoderamiento de un poder mercantil salvo que en el poder se hubiera permitido de forma expresa.
Características del subapoderamiento de poder o delegación
Para que se produzca el apoderamiento será necesario que no esté expresamente prohibido en caso de un poder civil, o que esté expresamente permitido en el caso de un poder mercantil u otorgado con arreglo a derecho catalán.
Todos los subapoderamientos que se produzcan cuando el poderdante lo prohíbe expresamente o cuando se trata de un poder mercantil en que no esté expresamente autorizado el subpoder, serán declarados nulos e invalidados, sin perjuicio de la responsabilidad del subpoderdante.
Además, el subapoderado deberá hallarse en plenas capacidades intelectivas, comprender la relevancia de los actos que va a realizar y deberá ser mayor a 18 años.
Subapoderamiento y sustitución de poder
Sustitución y subapoderamiento son dos figuras recurrentes en nuestros servicios notariales en poderes en Barcelona. La diferencia entre ambas radica en que, en el subapoderamiento, apoderado y subapoderado comparten el poder, mientras que, en la sustitución de poder, el apoderado perdería su capacidad de representación, que solo podría ser ejercitada por el sustituto.
Subapoderamiento mercantil
El subapoderamiento es un recurso bastante utilizado en sociedades mercantiles para otorgar la capacidad de representación de la empresa y llevar a cabo actuaciones en su nombre. Una de las diferencias entre éste y el subapoderamiento civil reside en el hecho de que, en sociedades, el subapoderamiento solamente puede producirse cuando haya autorización expresa para que se produzca la delegación de poder. Entonces, el subapoderamiento mercantil también puede producirse cuando lo otorgue un apoderado que tenga facultades de subapoderar.
Con la utilización del subpoder por parte del apoderado se pueden obtener beneficios en tiempo y recursos. Por ejemplo, imagine que alguien otorga poder a su abogado. Éste podría subapoderar a otros abogados de su despacho para representar al poderdante en momentos en los que la carga laboral es alta o para trámites específicos de un procedimiento.
Subapoderamiento con procurador
En este caso, cuando se produce el subapoderamiento en procuradores lo que se logra es que éstos últimos representen al poderdante en procedimientos judiciales en actos de tipo penal, civil, contencioso-administrativo, mercantiles o laborales. Como en el caso anterior, se pueden designar a varios procuradores como subapoderados para poder recurrir a diferentes órganos judiciales.
Escritura de subapoderamiento en Barcelona
Para otorgarlo deberá tramitarse un documento notarial conocido como escritura pública de subapoderamiento. Lo más fácil es que se halle contemplada en la escritura de poder inicial para que se lleve a cabo, la cual deberá ser presentada ante Notario para tramitar el subapoderamiento. En el caso de que no figure la posibilidad del subapoderamiento o no se hubiera prohibido, la escritura de subapoderamiento deberá estar asimismo ratificada por el poderdante, para conseguir que no haya responsabilidad del apoderado que otorga el subapoderamiento. Sea como fuere, cuando se tramita un subapoderamiento, el apoderado que otorgue el poder es recomendable comunicarlo fehacientemente a su poderdante.
El papel del Notario en el subapoderamiento
Si es apoderado y debe tramitar escritura de subapoderamiento, pida cita en nuestra Notaría en Barcelona. Sólo será necesaria su presencia y firma, sin necesidad de que acuda su poderdante o subapoderado. Es recomendable que el poderdante conozca que se ha producido el subapoderamiento.
Para que un subapoderado ejerza sus funciones, necesitará una copia auténtica del poder original otorgado de forma notarial y la escritura de subapoderamiento. Si ambos van a ejercer el poder simultáneamente deberán disponer cada uno de una copia auténtica del poder original.
Asimismo, también se debe de tener en cuenta la necesidad de comunicar al Notario que tramitó originalmente el poder, según lo establecido en el Reglamento Notarial.
Durante el procedimiento en JLA Notarios, nuestra notaría en Barcelona, será asesorado por profesionales del derecho, para garantizar la legalidad y la autenticidad de las transacciones. Será informado de los riesgos legales y financieros y sobre los conflictos de interés que puedan surgir, tanto en particulares como en subapoderamiento mercantil.
Documentación para la escritura de subapoderamiento en España
La documentación deberá ser la siguiente en el caso de particulares:
- Documento de identificación en vigor del apoderado que va a subapoderar
- Copia auténtica del poder que permita comprobar lo determinado por el poderdante
En el caso de empresas o personas jurídicas:
- Documentación de identificación en vigor del apoderado que subapodera
- Documentos que acrediten la existencia de la sociedad
- Copia auténtica del poder que va a ser objeto de subapoderamiento.
En el caso de empresas extranjeras deberán aportar el NIF, la documentación de la sociedad traducida y apostillada, su certificado de inscripción en el Registro, y el NIE o pasaporte del representante.
¿Cuánto cuesta realizar una escritura de subapoderamiento?
El precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios).
De todas formas, el precio exacto de un documento notarial no puede calcularse hasta que se conoce su contenido concreto, es decir, hasta que esté firmado, pues son muchas las circunstancias que lo pueden hacer variar.
En el caso de una escritura de subapoderamiento el coste varía en función de si se trata de una persona física o bien de una persona jurídica.
El número de copias que se pide de un documento, los folios que contiene además de posibles cambios o añadidos varían también ligeramente el precio final.
Si desea recibir un presupuesto detallado, le invitamos a contactarnos directamente por la vía que le resulte más conveniente. Lo puede hacer a través del formulario de contacto de la página principal de esta web, mediante la sección contactar que encontrará en el pie de página de la web, usando el acceso directo a WhatsApp en la parte inferior derecha de esta página, enviando un correo electrónico a bcn@jlanotarios.com o llamándonos al teléfono 93 159 17 62.
De forma orientativa, le podemos adelantar que, de acuerdo a la normativa reguladora vigente, el precio habitual en el caso de subapoderamiento de poder mercantil, al ser necesarios más trámites y la documentación de la sociedad, el coste está entre 120 y 250 €. Por su parte, la formalización de escritura de subapoderamiento de poder civil otorgado por una persona física es de entre 60 y 95€.
Otras preguntas relacionadas con el subapoderamiento de poder
Durará tanto como la escritura de poder que se otorga al apoderado. Es decir que, si se le ha concedido a un apoderado un poder por un período de un año, el subapoderado poseerá el mismo tiempo establecido para la ejecución de las facultades.
La revocación de un subapoderamiento de poder puede producirse tanto por parte del apoderado (por ejemplo, si hubiera superado una enfermedad o incapacidad y pudiera ejercer él solo las facultades) como por el poderdante, revocando la escritura inicial de otorgación de poder para el apoderado. Deberá ser comunicado fehacientemente al subapoderado.
Asimismo, aquella persona que desee renunciar a un subapoderamiento también podrá hacerlo, ya sea destruyendo la copia auténtica que le otorga el poder o mediante escritura pública de renuncia. La escritura de renuncia del subapoderado es la mejor fórmula para renunciar a un poder y garantizar que el renunciante no tendrá responsabilidad de ninguna clase después de la renuncia del poder.
El apoderado no tiene ninguna responsabilidad sobre lo realizado por el subapoderado siempre y cuando el subapoderamiento estuviera permitido. Existen, sin embargo, casos donde deberá responder, como en el caso de que el apoderado haya otorgado un subapoderamiento prohibido expresamente por el poderdante, o cuando se permitía el subpoder pero el subapoderado nombrado fuese notoriamente incapaz o insolvente.
Y es que el subapoderado, especialmente en actuaciones mercantiles, puede ser declarado responsable a título personal de las deudas de la sociedad o aquellas acciones que se ejecuten de forma poco diligente, en los casos mencionados, ya que interviene en nombre del poderdante y no en nombre del apoderado.
En el caso que haya otorgado facultad de representación a varios apoderados y siempre que figure la posibilidad, se podrán nombrar varios subapoderados para el trámite de gestiones.
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