Del Contrato de Pignoración a la Póliza de Pignoración

Con contrato de pignoración o contrato de prenda nombramos un tipo de contrato en operaciones financieras que, con intervención notarial es conocido como póliza de pignoración o póliza de prenda. Como Notarios en Pólizas en Barcelona queremos explicarte toda la información relacionada con los contratos de pignoración, que son, cómo se producen, sus requisitos y más.

Debe saber que las pólizas notariales actualmente se pueden firmar de forma presencial o de forma totalmente digital, a través del Portal Notarial del Ciudadano, introducido por la ley 11/2023. No dude en consultarnos si quiere firmar presencialmente en nuestra notaría Barcelona o mediante firma notarial digital.

El Contrato de Pignoración: ¿Qué es pignorar?

Con un contrato de pignoración se garantiza el pago de una deuda a través de un bien que se deja pignorado y que actúa a modo de fianza o garantía. Este bien, que puede ser de diversa índole (acciones, un depósito bancario o un vehículo), ejerce como garantía adicional para que, por ejemplo, un banco o entidad crediticia pueda conceder dinero.

El contrato de pignoración puede ser solicitado por un particular en préstamos personales, pero también por una sociedad mercantil. También se puede usar para conservar fondos o acciones y obtener financiación dándolos como garantía.

Así, en el caso de haber contraído una deuda con una entidad o persona, los bienes pignorados quedan en manos del acreedor o de un tercero para garantizar la obligación.

Eso sí, al utilizarlo, el bien pasa a manos del acreedor y no se puede disponer de él, aunque se posea la titularidad. Solo se devolverá en el caso de que cumplas la obligación. Por eso, es común la pignoración de acciones, de préstamos o fondos indexados, ya que los activos financieros continúan ofreciendo rentabilidad, aunque estén pignorados.

¿Cuáles son las características de la pignoración?

En este caso:

  • Los bienes en contratos de pignoración son bienes muebles (incluimos no sólo productos financieros, como fondos de inversión, sino también maquinaria, vehículos, mercancías, etc…).
  • Un tercero puede custodiar los bienes garantizando que no se usan o se vendan.
  • La póliza tiene una duración limitada (el plazo del pago de la deuda en general).

Pignoración de activos financieros

Se puede pignorar cualquier activo financiero. Esto es especialmente interesante porque los intereses son bastante altos. Los más comunes son:

  • La pignoración de fondos de inversión
  • Pignoración bancaria
  • Pignorar acciones: la pignoración de acciones
  • Contrato para pignorar un préstamo
  • Póliza para pignorar un aval
  • Pignorar fondos indexados
  • La pignoración de plan de pensiones
  • Póliza de prenda sobre derechos de crédito
  • Pignoración de participaciones sociales

La pignoración de activos financieros también se ofrece como una estrategia financiera para incrementar el patrimonio, especialmente en fondos que no son volátiles.

Pignoración de activos digitales

También cabe destacar, ante la digitalización creciente, la pignoración de activos como criptomonedas, títulos digitales, tokens, NFTs, etc…

¿Cuáles son las desventajas de la pignoración?

La principal desventaja de la pignoración implica la pérdida del bien pignorado en el caso de que se dejen de pagar las cuotas establecidas en el contrato o póliza. Si se ha ofrecido un bien mueble (una obra de arte o un vehículo) puede pasar a subasta pública, mientras que un activo financiero puede usarse para recuperar el capital (vendiéndolo o liquidándolo).

¿A qué se refiere la prenda sin desplazamiento?

Con prenda sin desplazamiento nos referimos a que un deudor conserva el bien pignorado en su posesión, aunque el acreedor tenga derecho preferente.

¿A qué impuestos se incurre?

Las rentas generadas por los bienes pignorados en el periodo de pignoración tienen que ser declaradas y tributadas por el Impuesto sobre la Renta si hablamos de personas físicas, o el Impuesto de Sociedades si es una persona jurídica.

El Papel del Notario en la Póliza de Pignoración

El Notario interviene los contratos de pignoración ofreciendo seguridad jurídica y explicando detalladamente las cláusulas de forma imparcial. Otorga validez, dando fe con su firma de que las partes han consentido al acuerdo de forma voluntaria y consciente. Este tipo de contrato, formalizado ante Notario en forma de póliza es conocido como póliza de pignoración.

Así, esta póliza facilita la ejecución en el caso de incumplimiento de lo pactado por vía judicial, ya que la póliza de pignoración notarial evita la impugnación ante un tribunal y disminuye el riesgo de litigios. Esto implica que sus cláusulas se pueden aplicar sin necesidad de juicio y que el acreedor puede recurrir al embargo de bienes.

El Notario también legitimará las firmas y custodiará el documento original firmado. Expedirá las copias necesarias para los firmantes.

Contacte con Notarios online para que intervengan su contrato de pignoración, independientemente del lugar que sea, para ejecutar de forma efectiva, la intervención y firma de su póliza de pignoración.

Documentos necesarios para firmar una póliza de pignoración ante Notario

  • En caso de particulares, documentos de identificación de firmantes de la póliza.
  • En caso de sociedades, documento de identificación del administrador.
  • Póliza con las condiciones, en que conste la identificación del bien pignorado.

¿Cuánto cuesta una póliza de pignoración notarial?

Los honorarios a pagar para la tramitación de una póliza de pignoración ante Notario están regulados en el arancel notarial. El coste de la póliza depende entre otros aspectos del importe de la deuda, del número de folios de la póliza.

El precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios).

No obstante, el precio exacto de cualquier trámite notarial no puede calcularse hasta que se conoce su contenido concreto, es decir, hasta que esté firmado, pues son muchas las circunstancias que lo pueden hacer variar. El número de copias que se pide de un documento, el importe de la operación, los folios que contiene además de posibles cambios o añadidos pueden variar ligeramente el precio final.

Si desea recibir un presupuesto detallado, le invitamos a contactarnos directamente por la vía que le resulte más conveniente. Lo puede hacer a través del formulario de contacto de la página principal de esta web, mediante la sección contactar que encontrará en el pie de página de la web, usando el acceso directo a WhatsApp en la parte inferior derecha de esta página, enviando un correo electrónico a bcn@jlanotarios.com o llamándonos al teléfono 93 159 17 62.

De forma orientativa, le podemos adelantar que, de acuerdo a la normativa reguladora vigente, el precio habitual de la formalización ante Notario de una POLIZA DE PIGNORACIÓN por un importe de 30000€ con un vencimiento superior a 6 meses es de unos 170€ incluyendo IVA. Este precio indicativo está calculado para un documento otorgado por una empresa y con un contenido habitual. En el caso de particulares, suele ser algo inferior el coste.

JLA Notarios, Póliza de pignoración en Barcelona

Póngase en contacto a través de nuestros diferentes canales para tramitar una póliza de pignoración. Si necesita un presupuesto reserve su cita en el mail polizas@jlanotarios.com.

En JLA Notarios somos especialistas en firma pólizas notariales en Barcelona y expertos en la regulación del contrato de pignoración. Reciba un asesoramiento personalizado y obtenga una gestión eficiente ya sea en nuestra Notaría en Barcelona o mediante los servicios de nuestra Notaría Online.

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