Venta de derechos hereditarios

El trámite de herencias se encuentra entre las actuaciones más comunes de nuestra Notaría en Barcelona. La venta de derechos hereditarios , también conocida como venta de herencia, es una de las especialidades dentro de nuestros servicios de gestión de herencias en Barcelona. Por eso, deseamos adentrarle en este asunto, explicándole qué es la compraventa de derechos hereditarios, y cómo hacerla paso a paso.

Recuerde que podemos tramitarle una venta de derechos hereditarios siempre que pueda venir a firmar presencialmente a las oficinas de JLA Notarios - notaría Barcelona.

Compraventa de derechos hereditarios

En determinadas circunstancias existen personas que heredan y que desean vender totalmente lo heredado a terceros a cambio de una compensación económica. Puede darse el caso de que deseen vender este patrimonio heredado tanto a un coheredero, como a personas ajenas. Este negocio jurídico es conocido como compraventa de derechos hereditarios.

¿Por qué sucede esta situación? No existe solo una respuesta para esta pregunta. Y es que puede ser que el heredero no quiera obtener esta parte de herencia, no la vaya a utilizar, necesite dinero líquido o no quiera compartir con otros herederos la herencia.

Características de la compraventa de derechos hereditarios

La compraventa de derechos hereditarios presenta diferentes tipos de dificultades, por lo que habrá que estudiar jurídicamente su caso concreto.

Entre las principales características de la compraventa de derechos hereditarios encontramos que cada heredero puede decidir voluntariamente si vende su herencia o no y a quien se vende sus derechos hereditarios, sin necesidad de autorización o consentimiento del resto de los herederos. Por tanto, cada heredero puede decidir vender sus derechos en una herencia a la persona que elija y por el precio que acuerden.

No obstante, si hay varios herederos en una misma herencia y uno solo quiere transmitir su herencia y el resto no, hay que saber que el resto de herederos tienen un derecho de adquisición preferente, consistente en que tienen derecho a adquirir la parte del heredero que quiere vender por el mismo precio que había decidido vender. Este derecho de adquisición preferente se debe ejercitar durante el mes siguiente a la venta de derechos hereditarios y aplica tanto en el Código civil español, como en el catalán.

Asimismo, el heredero que desee proceder a la venta de sus derechos hereditarios deberá acreditar su condición de heredero y deberá gestionar este trámite antes de la partición de herencia, ya que será la persona a la que los venda quien deberá acudir a la partición con el resto de coherederos. No obstante, también debe saber que se puede llegar a un acuerdo para la venta de herencia una vez haya sido aceptada y esté pendiente de distribuir los bienes entre los herederos.

También debe saber que cuando sucede la compraventa de derechos hereditarios se adquieren los derechos que corresponden al heredero que vende sobre la herencia, lo que implica que se recibe por el comprador la posición que tenía el heredero. Por tanto, hasta que no suceda la partición, no se concretan los bienes de cada uno. Entonces, el comprador una vez tramitada la herencia, tras la adjudicación a los herederos de cada una de las partes, recibe los bienes.

La venta de derechos hereditarios es un trámite relativamente sencillo. Ahora bien, es importante que conozca que el comprador de derechos hereditarios recibe también las obligaciones que correspondan en la herencia al heredero. Por ello, aparte de los bienes de la herencia, si las hay, el comprador se tendrá que encargar de las deudas del fallecido, lo que puede ocurrir cuando en la herencia hay fianzas, deudas o avales.

Venta de derechos hereditarios entre herederos

Una de las opciones más frecuentes es la venta de derechos hereditarios entre herederos. Imagínese que está casado y hereda una vivienda en la que aún viven sus hermanos. La herencia permite la división entre los hermanos a razón de los existentes. A cada uno de ellos le correspondería una parte. Si usted no quiere convivir y a uno de sus hermanos le interesa comprar su parte para hacerse propietario se podría tramitar una venta de derechos hereditarios (aunque según los casos, también puede ser más útil acudir a la figura de la extinción de comunidad, porque puede salir más barato a nivel fiscal).

Además, si hay varios coherederos y uno quiere vender su herencia a otra persona no heredera, el resto de coherederos tienen un derecho de adquisición preferente, que permite comprar esta herencia por el precio acordado, dentro del mes siguiente a la venta, tal y como antes se explicó.

Sin embargo, si es usted el único heredero de una propiedad inmobiliaria y vende los derechos hereditarios de este inmueble, no habrá ningún tipo de derecho de adquisición preferente.

La venta de derechos hereditarios en España

Asimismo, la venta de derechos hereditarios en España supone la venta de los derechos que derivan de la posición del heredero. Así, no solo se transmiten los bienes inmuebles, sino también el resto de bienes, como bienes muebles, depósitos bancarios, vehículos, acciones o participaciones en sociedades, entre otros. Además, en la venta de derechos hereditarios se venden junto a los derechos también las obligaciones y cargas que están presentes en la herencia.

Contrato de venta de derechos hereditarios

El documento sobre el que se realiza el trámite de compraventa es conocido como escritura de compraventa venta de derechos hereditarios y con él se garantiza que esta gestión se produzca de forma efectiva y legal.

La Compra de Derechos Hereditarios paso a paso

Si desea tramitar un contrato de venta de derechos hereditarios y ya ha encontrado un comprador o personas interesadas, e incluso han establecido un precio por ellas, deberá pedir cita en una Notaría.

Para ello, el Notario que usted elija, les recibirá y le asesorará sobre el trámite. El Notario es una figura de Derecho que le ayudará en este proceso. Deberá tener en cuenta que las necesidades económicas en el momento de la venta de derechos hereditarios pueden implicar que le compren a menos precio del que debieran su parte de herencia. Por lo que le recomendamos valorar y estar seguro de su decisión. Asimismo, le recomendamos tener tasado lo que quiere vender y el cálculo de los impuestos a los que se pueda enfrentar. Consúltenos para recibir asesoramiento legal y fiscal si reside en Cataluña.

Una de las funciones que hará la notaría es asegurarse de que el heredero que vende es heredero, lo que supondrá que en la notaría se revise el testamento en que se instituía al heredero, o, en el caso de sucesiones sin testamento, se analizará la declaración de herederos.

Asimismo, se revisará que ni el testamento ni el nombramiento de herederos estén impugnados. También, el Notario verificará que todos los vendedores y compradores estén en pleno uso de sus capacidades para la venta.

Una vez asesorado, desde la Notaría se redactará un acuerdo de venta en el que se detallan las condiciones por las cuales se va a producir esta, el precio fijado en la venta, la forma en que se pagará y los plazos contemplados si existieran. Tras ello, se procederá a la firma de los documentos por las dos partes interesadas y será autorizado por un Notario.

Documentación para el contrato de venta de derechos hereditarios

El día de la cita con su Notario, deberá aportar la siguiente documentación:

  • DNI o documento de identificación en vigor.
  • Certificado de defunción donde se acredita el fallecimiento de la persona cuyos derechos hereditarios se están tramitando.
  • Acta de defunción por el que se certifica el hecho por el Registro Civil.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Copia auténtica del último testamento para establecer cómo repartir la herencia.
  • Escritura original de la aceptación de herencia.
  • El precio de la compraventa y la forma de pago.

Otras preguntas relacionadas con la venta de derechos hereditarios

En el caso de la venta de herencia o venta de derechos hereditarios hay que pagar impuestos por varias partes. Por un lado, el vendedor deberá liquidar el Impuesto de Sucesiones y el comprador tendrá que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

Así, tanto vendedor como comprador tendrán que pagar impuestos, ya que Hacienda entiende que el vendedor de una herencia la ha aceptado, pues si no no podría vender la herencia, por lo que le obliga a pagar el impuesto de sucesiones y la plusvalía que corresponda (la plusvalía solo la pagará el vendedor si hay inmuebles en la herencia).

Desde JLA Notarios ofrecemos un servicio integral en sucesiones. Por ello, si lo desea, podemos tramitar junto a su escritura de compraventa de derechos hereditarios, los Impuestos de Sucesiones y de Transmisiones Patrimoniales que hay que pagar a Hacienda.

Además, puede que el vendedor tenga que declarar ganancias patrimoniales en renta de la persona que sucedió y las suyas, si las hay. Este es el único trámite que no gestionamos desde la Notaría, ya que se debe declarar en el IRPF.


Generalmente son asumidos por la persona que adquiere los derechos hereditarios, aunque depende de lo que se haya pactado.


El legatario, a diferencia del heredero, no tiene un ius delationes. Esto quiere decir el derecho del heredero solo se concreta cuando se acepta, mientras que en el legado, el legatario lo es desde el momento del fallecimiento del causante, aunque puede renunciar a este legado. Por tanto, a diferencia del heredero, el legatario no puede vender su posición, sino directamente el bien o derecho legado, especialmente en los legados puro y simples. En el caso de los legados sujetos a condición o término, se vende también el bien o derecho legado, si bien quedará pendiente de perfeccionarse la adquisición cuando se cumpla la condición o término.

El principal problema de la venta de legados es la entrega, ya que, en principio, corresponde la entrega a los herederos, por lo que el adquirente deberá reclamarle la entrega y posesión del objeto legado, salvo que se autorice al propio legatario a tomar posesión por si mismo.


El precio de los actos notariales está regulado por el Gobierno y se ajusta a la normativa reguladora del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios). El arancel notarial supone que todos los notarios debamos ajustarnos siempre al arancel notarial.

No obstante, el precio exacto de un documento notarial no puede calcularse hasta que se conoce su contenido concreto, es decir, hasta que esté firmado, pues son muchas las circunstancias que lo pueden hacer variar. El importe de la venta, el número de vendedores y compradores, el número de copias que se pide de un documento, los folios que contiene además de posibles cambios o añadidos pueden variar ligeramente el precio final.

Desde JLA Notarios ofrecemos un servicio integral en sucesiones y herencias por lo que podemos preparar un presupuesto sin compromiso ajustado a su caso concreto. Debe saber que el dato que más hace variar una compraventa de herencia es el precio de la venta. Además, si lo desea podemos incluir en el presupuesto los costes de los impuestos y de la tramitación  de la inscripción de los inmuebles en el Registro de la Propiedad.

Si desea recibir un presupuesto detallado, le invitamos a contactarnos directamente por la vía que le resulte más conveniente. Lo puede hacer a través del formulario de contacto de la página principal de esta web, mediante la sección contactar que encontrará en el pie de página de la web, usando el acceso directo a whatsapp en la parte inferior derecha de esta página, enviando un correo electrónico a bcn@jlanotarios.com o llamándonos al teléfono 93 159 17 62.


JLA Notarios para el Venta de Derechos Hereditarios en Barcelona

La redacción del contrato de venta de derechos hereditarios es uno de los procedimientos en los que nos especializamos en nuestra notaría. Tramitar una herencia en Barcelona requiere un nivel alto de especialización para que se complete de la forma más adecuada y evite problemas posteriores.

Gracias a la formación y a la experiencia de todo el equipo, en JLA Notarios aportamos las soluciones jurídicas más adecuadas en los diferentes ámbitos que afectan a la persona y su patrimonio, donde incluimos el trámite de herencias en Barcelona, con la finalidad de poder asesorarle de forma gratuita en sus consultas. Con un trato cercano y cordial desde el primer contacto, en JLA Notarios trabajamos de manera dinámica y empática, buscando la máxima eficiencia y la mejor rentabilidad para cada cliente, atendiendo las inquietudes de cada persona o empresa de forma personalizada para su plena satisfacción. Para ello, en JLA Notarios aplicamos las nuevas tecnologías en todos los trámites, minimizando las visitas a la notaría y optimizando los tiempos de tramitación. Por este motivo, nos hemos transformado, también, en una notaría online. No obstante, actualmente la ley exige que usted venga a firmar el contrato de venta de derechos hereditarios presencialmente a nuestra notaría en la Avenida Diagonal de Barcelona.

Si necesita tramitar una herencia en Barcelona, puede ponerse en contacto con nosotros mediante nuestro mail o mediante el formulario de contacto de nuestra web. También puede consultar nuestra amplia gama de Servicios en Testamentos y Herencias y le asistiremos en lo que necesite.

JLA Notarios-Notaría Barcelona somos una notaría en Barcelona. Estaremos encantados de atenderles. Esperamos que este escrito le haya servido de ayuda y aportado valor.

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